Publicado septiembre 5, 2024
Publicado por Nota Roja

Provincia de Elqui

Corte de La Serena condena a presidio perpetuo a oficiales (r) del Ejército por secuestros calificados en Iquique y Pisagua

La sentencia fue emitida en la causa por violaciones a los derechos humanos ocurridas entre 1973 y 1974, condenando a tres oficiales retirados por su participación en secuestros calificados de 35 víctimas.

La Corte de Apelaciones de La Serena confirmó la condena de presidio perpetuo para los oficiales retirados del Ejército Pedro Santiago Collado Martí y Conrado Vicente García Giaier, quienes fueron responsabilizados por los secuestros calificados de 28 y 13 víctimas, respectivamente, cometidos en Iquique y Pisagua entre 1973 y 1974. Arturo Alberto Contador Rosales también fue condenado a 20 años de presidio por su participación en los secuestros de seis víctimas.

El fallo señala que los secuestros fueron perpetrados fuera de cualquier proceso legal o jurisdiccional, violando los derechos fundamentales de las víctimas.

La Corte de Apelaciones de La Serena condenó a presidio perpetuo a tres oficiales en retiro del Ejército por su participación en el delito reiterado de secuestro calificado de 35 víctimas en Iquique y Pisagua, entre 1973 y 1974. El fallo confirma las sentencias contra Pedro Santiago Collado Martí y Conrado Vicente García Giaier, condenados por 28 y 13 secuestros calificados, respectivamente, y contra Arturo Alberto Contador Rosales, quien recibió una condena de 20 años de reclusión por su participación en seis secuestros.

En su sentencia, la corte desestimó las apelaciones de las defensas, argumentando que la privación de libertad de las víctimas no fue realizada conforme al ordenamiento jurídico vigente en la época, ni bajo alguna orden legítima de autoridad competente. El tribunal concluyó que las detenciones y secuestros se llevaron a cabo de manera ilegal y fuera de los límites del derecho, lo que impide la calificación de los hechos como aplicación de tormentos.

Además de las penas de prisión, la corte confirmó la inhabilitación absoluta perpetua para cargos públicos y derechos políticos de los condenados. En el ámbito civil, el tribunal aumentó a 80 millones de pesos la indemnización otorgada a Luis Segundo González Vivas, una de las víctimas, en reconocimiento del daño moral sufrido y las secuelas derivadas de su privación de libertad y torturas.

Finalmente, el tribunal desestimó las solicitudes del Fisco de Chile para reducir las indemnizaciones a otras víctimas, manteniendo las compensaciones por daño moral justificadas por la gravedad de los hechos y el impacto en la vida de los afectados.